Circular en sentido contrario: la nueva concesión de la DGT para los ciclistasCircular en sentido contrario: la nueva concesión de la DGT para los ciclistas

La Dirección General de Tráfico ha presentado una serie de medidas para el colectivo ciclista que entrarán en vigor a lo largo de este año.

Hace unos meses conocíamos la noticia de la modificación del Reglamento General de Circulación que mejora, entre otras, las medidas para los ciclistas en nuestro país. Pues bien, ahora la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una serie de medidas para este colectivo que entrarán en vigor a lo largo de este año. Con estos cambios, la DGT tiene como objetivo mejorar la seguridad vial y la convivencia entre ciclistas y conductores en la vía pública.

En esta nueva normativa, destaca una disposición algo controvertida: permitir a los ciclistas circular en sentido contrario en calles con tráfico lento, como las de prioridad residencial o aquellas con velocidad máxima de 30 km/h. Un ejemplo de este tipo de vías serían la Calle San Francisco, en Bilbao, o la Calle Doctor Esquerdo, en Madrid, donde el tráfico es más reducido y las velocidades son bajas.

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La medida busca fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible y seguro, así como facilitar los desplazamientos en entornos urbanos. Sin embargo, esto ha abierto un debate, ya que algunos conductores consideran que podría aumentar el riesgo de accidentes. Para mitigar estos riesgos, la DGT también está implementando medidas de señalización adecuadas, así como campañas informativas para sensibilizar tanto a los ciclistas como a los conductores.

Modificaciones en la ciudad

seis de cada diez españoles considera que su ciudad no está adaptada a la convivencia de vehículos y ciclistas.

Y siguiendo con las modificaciones en zonas urbanas, otra medida reside en la distancia mínima de seguridad que deben de mantener los conductores que circulen detrás de un ciclista, que deberá ser de 5 metros. También, la DGT ha informado de que los ciclistas podrán «adelantar a los vehículos a motor por la derecha o por la izquierda» en tramos urbanos congestionados.

Además, los ciclistas deberán circular por la calzada si no existe un carril habilitado, y en caso de circular por la carretera, deberán hacerlo por el centro del carril preferentemente.

Cambios en los adelantamientos

Adelantamiento a ciclistasAdelantamiento a ciclistas

A partir de 2025, los conductores de vehículos a motor que adelanten a ciclistas deberán reducir su velocidad en 20 km/h por debajo del límite de velocidad del tramo por el que circulen. Además, deberán mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.

En cuanto al uso del casco, hasta ahora se permitían excepciones para los mayores de edad, como prescindir de él en subidas prolongadas, por razones médicas graves o condiciones climáticas adversas. Sin embargo, la entrada de esta nueva normativa, obliga a llevar el caso a todos los ciclistas, sin ningún tipo de excepción. Asimismo, el uso de accesorios reflectantes o luminosos en tramos de baja visibilidad también serán obligatorios.

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