¿Me pueden multar por no llevar las luces de cruce durante el día?¿Me pueden multar por no llevar las luces de cruce durante el día?

¿Es obligatorio conducir con las luces de cruce cuando es de día? ¿Me pueden multar por ello? Aclaramos las cosas.

¿Es recomendable llevar las luces de cruce mientras que circulamos con el coche aunque sea de día? ¿Es obligatorio? ¿Nos pueden multar si no lo hacemos?

Los conductores tienen algunas dudas sobre cómo utilizar la iluminación externa de sus vehículos, pero la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido, a través de sus redes sociales, echar algo de luz, valga la metáfora, sobre este asunto.

Recomendable, no obligatorio (excepto algunas circunstancias)

La correcta iluminación de un automóvil es un factor importante de cara a la seguridad vial. Ver y ser vistos correctamente reduce de manera considerable el número de accidentes en carretera, por lo que desde 2011 es obligatorio que todos los turismos nuevos incorporen las Luces de Conducción Diurna (DRL), que se encienden de forma automática al arrancar el coche.

Puede que te interese: ¿Cuáles son los mejores faros para conducir de noche?

Pero, ¿qué pasa si compramos nuestro coche antes de esa fecha? La carencia de este dispositivo no es motivo de multa, pero la DGT recomienda (no siendo obligatorio) el uso de las luces de corto alcance a la hora de circular, sobre todo en los meses donde hay menos luz natural, como son los invernales.

“Con este sencillo gesto de encender las luces de cruce durante los meses de invierno se podrían evitar en torno al 10 por ciento de los fallecidos por accidentes”, se asegura desde el organismo.

 Muchas multas pero “baratas”, la estrategia recaudadora de DGT

Reconociendo su falta de obligatoriedad, desde la DGT se continúa con el argumento de su idoneidad: “Está demostrado que los coches que circulan con luces encendidas (sean de cruce o DRL) son percibidos mucho mejor por los demás usuarios”.

Cuando sí es obligatoria la luz de cruce, como bien recuerda el Código de Circulación, aunque tengamos luz diurna, al conducir de noche, por túneles, carriles especiales, con escasa visibilidad, reversibles, adicionales y habilitados para circular en sentido contrario. Su falta de uso en estas situaciones específicas conlleva una posible sanción de 200 euros.

Comentarios

User Icon

Escribir comentario

0 / 30.000 caracteres