
Si no cumples con alguna de las excepciones a la norma, te puede costar hasta 1.000 euros ir más de una persona en el coche. Así ha cambiado el Real Decreto RD 463/20 que regula nuestro día a día tras declararse el estado de alarma por el coronavirus.
Desde que se activó el estado de alarma en España, los desplazamientos en coche están prohibidos salvo que sean para acudir al trabajo, hacer la compra o acudir al médico, motivos de salud, etc. Esto está recogido dentro de la redacción del Real Decreto RD 463/20 que regula nuestras obligaciones durante el estado de alarma. Lo que muchos ciudadanos no saben es que, salvo excepciones muy claras, nos pueden multar con hasta 1.000 euros si vamos más de una persona en el coche y no cumplimos con los siguientes requisitos:
- En el caso de ir más de una persona en el vehículo y que no convivan en el mismo domicilio, los pasajeros deberán ir como máximo uno en cada fila. Es decir, si es un coche de 4 o 5 plazas podrán ir hasta dos personas, siempre que el pasajero vaya en las plazas traseras y no al lado del conductor, en los de 3 filas de asientos podrán ir hasta 3 personas, dos más el conductor, cada uno en una fila de asientos.
- Si todos los pasajeros que ocupan plazas en el vehículo cohabitan en el mismo domicilio, no se aplica la regla anterior y pueden ocupar las plazas normalmente.
- Todos los pasajeros del vehículo deben llevar mascarilla y guantes
Desde las 0:00 del 18 de marzo de 2020 y mientras se mantenga el estado de alarma, en el vehículo sólo podrá ir el conductor y un pasajero por cada fila de asientos, salvo en el caso de las siguientes excepciones:
- Que todos los ocupantes cohabiten en el mismo domicilio
- Llevar a personas con discapacidad
- Llevar a personas menores
- Llevar a personas mayores
- Por una causa debidamente justificada
Debemos recordar que está prohibido salir del domicilio (y por lo tanto ir en coche) salvo para:
- Acudir al trabajo.
- Realizar gestiones administrativas (bancos, gestorías…)
- Ir a la gasolinera.
- Realizar la compra de alimentos y productos domésticos.
- Ir a la farmacia.
- Acudir a centros sanitarios.
- Asistir a personas mayores, dependientes, menores o con discapacidad.
- Pasear a la mascota.
Si tenemos esto en cuenta, la realidad es que están prohibidos los desplazamientos en coche, salvo aquellos de pura necesidad, es decir, que no podremos ir al trabajo varias personas en el coche ni tampoco podremos ir a hacer la compra varios en el coche, salvo que se trate de un menor que no puede quedarse solo en el domicilio.
Con esta medida lo que se pretende es limitar el número de personas que entran en los supermercados. Si sólo puede ir uno en el coche a hacer la compra, reducimos a la mitad la cantidad de gente dentro del mercado y así se minimiza el riesgo de contagio.
Multas de hasta 1.000 euros por ir en el coche
Si en el vehículo van más personas que el conductor sin cumplir con las indicaciones anteriores y no es por ninguno de los supuestos anteriores, la multa puede ser de hasta 1.000 euros por desobedecer las normas establecidas en el RD 463/2020. La cifra puede ser todavía mayor si, además de no cumplir con la limitación de que sólo vaya una persona, no podemos demostrar que el desplazamiento se deba a alguna de las excepciones (ir a la compra, a la farmacia, al médico…).
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Comentarios
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Lo veo bien las medidas , pero no lo ven en el caso que yo tengo que ir a trabajar al campo y siempre vamos entre 9 a 6 personas diarias , como lo haría en estos casos , y otra , como lo haría si a mi pareja , oh mujer , tengo que acercarle al trabajo por su seguridad, no la puedo llevar ??
Mi jefe dice que vallamos mas de 2 en el coche a trabajar,trabajamos en obras en distintos puntos lejos del centro de trabajo,que el entiende que es una causa justificada,aportando un documento de los servicios de prevencion que por nuestoro trabajo y largos desplazamientos para el descanso del conductor yque la gran mayoria de los accidentes se producen en iterie y por eso es una causa justificada...nos podrian multar dice que le enseñenos un escrito en donse dice esas cosas...gracias
En el caso de equipos de trabajo sí está permitido que vayan más personas en el coche, siempre que lleven mascarilla y tomen precauciones.
hola entonces tampoco podremos dormir con la mujer en ese caso de estar casado o gente que sea su compañero o compañera por que no va poder ir en el coche juntos si trajan juntos duermen juntos comen juntos etc hay cosas que son de propio peso lo que pasa es que este govierno es un inutil
¿Ayer miércoles ya afectaba está norma o es a partir de hoy jueves?
A partir de las 0.00 del 18 de marzo, ayer ya se aplicaba la norma.
Yo trabajo en el mismo turno y en la misma empresa con mi mujer, estoy obligado a ir en 2 coches distintos o uno ir andando?
Hola, en principio, con la norma en la mano deberíais ir en dos coches, no está contemplada esa excepción, aunque al ser de la misma familia (de modo que la reclusión en el hogar también es para ambos y los dos estáis igual de expuestos en todo momento) lo razonable es que vayáis sólo en un coche, el agente debería hacerse cargo de la situación. Sólo se admiten más de una persona en el vehículo para acudir al trabajo cuando el propio vehículo sea el del trabajo, por ejemplo las brigadas, empresas que tienen servicio de transporte para sus empleados, etc.