
El Reglamento de Inspección Técnica de Vehículos establece los plazos para la revisión técnica obligatoria en función de la categoría y la antigüedad del modelo.
Año tras año, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en España recibe millones de vehículos para ponerse a prueba y garantizar que cumplen con la normativa de seguridad y emisiones vigente. Aunque para algunos sea un tedioso trámite, se trata de una prueba obligatoria que comprueba que los vehículos cumplen con las condiciones para circular por nuestras carreteras. Para ello, se revisan elementos clave como los frenos, la dirección, las luces o los neumáticos, lo que incentiva a los conductores a revisar regularmente estos sistemas para no llevarnos una sorpresa a la hora del chequeo.
La periodicidad de la ITV viene recogida en el Reglamento de Inspección Técnica de Vehículos, el cual establece los plazos para la revisión en función de la categoría y la antigüedad del modelo. De este modo, los que menos tienen que visitar la ITV son los vehículos nuevos, los cuales están exentos de pasarla hasta que cumplen cuatro años. En el caso de los que tienen entre cuatro y diez años, deben pasar la inspección cada dos años, y a los de más de diez, les toca examinarse cada año.
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Sin embargo, hay vehículos que no tienen que pasar la ITV ni tendrán que hacerlo nunca más. Y es que hace unos meses, el Consejo de Ministros aprobó la actualización del Reglamento de Vehículos Históricos, el cual recoge una serie de ventajas para la catalogación de un coche como vehículo histórico. De esta forma, la normativa presenta beneficios para aquellos que todavía conservan en su garaje vehículos de hace décadas, y librarse de la ITV es uno de ellos, aunque no para todos.
Las joyas de la conducción se libran

En este contexto, desde el 1 de octubre de 2024, tanto coches como ciclomotores que estén matriculados antes del 1 de enero 1950 no tienen que pasar la ITV nunca más. Aunque son pocos los que se ven hoy en día, todos los propietarios o coleccionistas que conserven joyas de la conducción de hace más de 75 años, podrán ahorrarse la inspección técnica. Aún así, existen inspecciones voluntarias para los que deseen garantizar la seguridad y el estado de su vehículo.
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Este cambio, reside en las intenciones de la Dirección General de Tráfico (DGT) de concederle mayor importancia a los vehículos históricos y establecerlos como patrimonio cultural. Igualmente, los vehículos con más de 30 años de antigüedad pueden solicitar el título de vehículo histórico, eso si, tendrán que seguir pasando la ITV. De esta forma, la periodicidad que deben seguir los vehículos históricos para realizar la inspección es la siguiente:
- Vehículos con menos de 40 años: cada dos años.
- Vehículos de entre 40 y 45 años: cada tres años.
- Vehículos con más de 45 años en adelante: cada cuatro años.
- Vehículos matriculados antes de 1950: exentos.



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