Cómo dar de baja tu coche a un desguaceCómo dar de baja tu coche a un desguace

¿Cómo dar de baja tu coche de forma definitiva? Para dar de baja tu coche de forma definitiva deberás entregar el vehículo, presentar una serie de documentación y comprobar que el justificante es auténtico y corresponde a la DGT.

Ya sea porque has decidido jubilarlo y cambiarlo por uno nuevo, porque has tenido la mala suerte de sufrir un siniestro total o porque ya no puedes hacer frente a las reparaciones, necesitarás tramitar la baja definitiva de tu coche para no tener que seguir pagando impuestos ni multas. Actualmente, sólo podrás hacerlo en los desguaces autorizados con el distintivo “Centro Autorizado para la Tramitación Electrónica de Bajas de Vehículos Orden Int 624/2008“.

Debes saber que las bajas definitivas, como su propio nombre indica, son irrevocables desde febrero de 2004. Los vehículos dados de baja con una fecha anterior pueden rehabilitarse, pero las bajas definitivas tramitadas posteriormente no, pues se supone que la finalidad de este tipo de bajas es la destrucción del vehículo tras su descontaminación y correcto tratamiento por parte del gestor de residuos autorizado.

En ocasiones, los desguaces pueden considerar que el coche que entregamos tiene algo de valor y a lo mejor recibimos alguna compensación, que generalmente varía en función de la antigüedad del automóvil, sus características y la provincia donde se encuentre ubicado. Además, los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (CATV) suelen ofrecer un servicio gratuito de retirada del coche hasta las instalaciones del desguace, siempre que cuente con al menos las 2 ruedas traseras y el conjunto del bloque mecánico -es necesario descontaminar y dar un tratamiento adecuado a todos aquellos residuos y líquidos contenidos en el sistema-.

Habitualmente, cuando se trata de vehículos con antigüedad inferior a los 10 años y proceden de un siniestro (o presentan problemas mecánicos que superan el valor venal del coche), se realiza una valoración previa que permite ofertar al cliente una cantidad de dinero determinada. Dependiendo de las condiciones pactadas con la compañía aseguradora, será posible sumarla a lo obtenido en la indemnización.

Así son los trámites para entregar tu coche en un desguace para su baja definitiva:

  1. Entrega del vehículo: ya sea “por su propio pie” o en grúa, deberás llevar el coche físicamente a
  2. un CATV, pues son los únicos centros que pueden gestionar legalmente la baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT).
  1. Documentación que debes presentar: además del coche, tendrás que llevar la ficha técnica, el permiso de circulación del vehículo y una fotocopia de tu DNI o NIE. No obstante, si el propietario no es quien realiza la entrega del automóvil o éste figura a nombre de una empresa (o de una persona fallecida), será imprescindible consultar con el centro elegido la documentación complementaria que se ha de aportar en cada caso.
  1. Firma la solicitud de baja definitiva: lo harás en el propio desguace (si llevas tú allí el vehículo) o el mismo día de la retirada con grúa, momento en el que firmarás la solicitud de baja electrónica.
  2. Justificantes de entrega en el desguace: el centro autorizado deberá entregarte dos documentos muy importantes. El primero de ellos es el certificado de destrucción del vehículo; el segundo, el justificante de baja definitiva de la DGT: puedes comprobar su autenticidad a través de Tráfico (verificación del justificante de baja definitiva). Sin ellos no podrás acreditar ante ninguna administración o autoridad -por ejemplo, si el ayuntamiento te reclama el pago del impuesto municipal al año siguiente o si la póliza de seguros todavía se encuentra vigente- que tu coche ha sido dado de baja definitivamente y retirado de la circulación.

¿Puedo recuperar dinero con la baja definitiva de mi coche?

Esto es algo que muchos propietarios desconocen: pese a que el Impuesto de Circulación (IVTM) se paga anualmente, el importe se calcula por trimestres y es posible recuperar la parte proporcional al período no disfrutado. Es decir, si se paga la tasa en el mes de abril y en junio del mismo año se gestiona la baja definitiva del coche, el propietario tendrá derecho a solicitar al Ayuntamiento la devolución del segundo semestre. Para ello bastará con presentar los justificantes de destrucción y baja definitiva en la sección de recaudación del municipio.

Las compañías de seguros no suelen realizar ninguna devolución que compense el período no disfrutado, aunque si el titular desea asegurar un nuevo vehículo en la misma empresa, conservarán el importe para descontarlo de la nueva contratación. En estos casos, y para evitar que la póliza se renueve automáticamente, también será necesario acreditar con documentos la destrucción y baja del vehículo.

*Con la colaboración de RO-DES (Red Operativa de Desguaces Españoles).

Comentarios

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M

Citroen Xsara. Año 2003 Funciona correctamente. ITV, seguro e impuestos correctos. Baja definitiva.

A

Buenas, A ver si a alguien le suena. Si el CAV te da un dinero por el coche a achatarrar ¿Hay que declararlo en el IRpF? ¿Te puede llamar hacienda si no lo declaras y obligarte a presentar declaración al "tener 2 pagadores" en ese ejercicio ? He puesto Google patas arriba y no salgo de dudas. Muchas gracias

J

Vedí mi coche a un amigo que se dedica a venderlos, desgraciadamente en el recinto donde los almacenaba se produjo un incendio calcinando al coche que le vendí con toda la documentación del mismo. ¿Como podría dar de baja definitiva el coche que que aún consta que es de mi propiedad y sigo pagando el impuestos de circulación?

P

COMPRE UN RENAULT 9 CHOCADO QUE NO PUEDE CIRCULAR MAS pero me sirve el equipo de gas y el motor que lo usaría para repuestos de otro renault 9 que tengo.que debe hacer quien me lo vendió

C

Buenas, yo le vendi el coche a un jitano y pensando que habia hecho el cambio de nombre y habia sido legal. (Agosto 2015) me veo que a dia de hoy me llega el impuesto de circulacion a casa de mis padres (ya que soy de barcelona y me lo cambiaron de nombre alli. Porque aun tenia el dni de alli y salia mas barato al compraventa) el martes ire a darlo de baja temporal a trafico y pedir un duplicado de los papeles. La cuestion es que lo quiero dar de baja total y sin el coche veo que no me dejan. Es posible hacerlo de alguna manera. Ya que no dispongo del papel de compraventa, ya que di por hecho que al no llegar el impuesto este año estaba correcto todo.

R

Hola Chuso, sin el contrato de compraventa lo tienes complicado para demostrar que el coche no es tuyo todavía. En la actualidad no se puede dar de baja definitiva sin un certificado de desguace, para lo cual hay que presentarse con el coche y los papeles en un centro de tratamiento de residuos (desguace). Me temo que lo único que puedes hacer es tramitar la baja temporal e intentar recuperar el contrato de compraventa. Un saludo y gracias por tu consulta.