
Muy pocos son los conductores que deciden recurrir una multa en el momento de su notificación y menos todavía los que logran la anulación de la misma. Sin embargo, y pese a que las estadísticas no juegan a nuestro favor, en este reportaje te damos la claves para que tu recurso prospere.
La Dirección General de Tráfico (DGT) formuló 4,1 millones de denuncias en 2012, que sirvieron para embolsarse 407,5 millones de euros. La mayoría de los conductores sancionados optó por abonar la cantidad exigida con el enfado y la resignación correspondientes. Pero, ¿sabes que puedes recurrir una multa y lograr que se anule?
En muchos casos, la falta de tiempo y el desconocimiento del proceso necesario para concluir con éxito la reclamación de una sanción de tráfico hacen de ésta una opción poco escogida. En estas líneas te contamos cómo efectuar un recurso de este tipo.

Me ha llegado una multa: ¿debo recurrirla?
Antes de nada, tenemos que ser conscientes de que los milagros no existen. Si nos ha llegado una multa por superar el límite de velocidad o saltarnos un semáforo y sabemos que hemos infringido la ley, poco podemos hacer. Únicamente puede salvarnos que se haya producido un error de forma en la notificación de la sanción, situación en la que reclamar puede ser una buena idea. Por supuesto, si no hemos cometido la infracción que se nos atribuye, siempre debemos protestar.
Cuando hablamos de defectos de forma nos referimos a cualquier aspecto mal indicado en la multa. Por ejemplo, si te saltas un semáforo en rojo y te `caza´ una cámara, revisa que tu matrícula sea totalmente visible y que el semáforo no aparezca aún en fase ámbar. Incluso puedes solicitar un informe que acredite el correcto funcionamiento y homologación de la cámara (también puedes hacerlo en el caso de los radares y alcoholímetros). Cualquier error en este campo puede salvarte de la sanción.
[auto_quote quote=”¿Cuántos conductores optan por recurrir las multas?” quote_title=”La mayoría prefiere pagar a iniciar un recurso” quote_description=”El 52% de los conductores que recibió una multa en 2012 optó por abornarla antes de los 20 días siguientes para beneficiarse del pronto pago, según un estudio de Mapfre. Solo una de cada diez personas decidió recurrir en el momento de conocer la sanción. “]
Otro caso: llega a tu domicilio o el propio agente te entrega en el momento una multa por hablar por el móvil mientras conduces. En esta situación, puedes reclamar solicitando pruebas al respecto. Un nuevo informe ratificando la sanción servirá para confirmarla debido a la presunción de veracidad de los cuerpos de seguridad, pero siempre puede haber un error; el agente podría haber redactado un documento no exactamente idéntico al anterior.
Así, recuerda revisar en cada multa que todos los datos sean correctos (incluso fecha y hora de la sanción), pide pruebas y, siempre que puedas, apórtalas tú.
Pasos para recurrir una multa de tráfico
Debes tener claro que si abonas la multa con rapidez para beneficiarte del descuento del 50%, ya no tendrás opción de reclamar (salvo por la vía judicial). Según la Ley de Tráfico, en caso de no querer efectuar el pago, dispones de 20 días desde la notificación de la sanción para recurrir. ¡Ojo! El truco de no abrir al cartero y rechazar la notificación no funciona. Al segundo intento, la DGT dará por cumplido el trámite y tu multa aparecerá publicada en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que se puede consultar en Internet. Si agotas el plazo y no has pagado, te impondrán un recargo en la cuantía.

Aunque es fácil encontrar empresas que te ayuden con el recurso, tú mismo puedes solicitar un pliego de descargo y rellenarlo con las alegaciones correspondientes. Con suerte, conseguirás que la multa se anule en esta fase. Si no, recibirás las pruebas solicitadas; volverás a disponer de un mes de plazo para presentar lo que se conoce como “recurso de reposición” y reafirmarte en tu protesta.
En caso de que tus alegaciones se desestimen, tienes dos opciones: abonar la multa en los quince días siguientes a la notificación o acudir a los tribunales.
La vía judicial, una decisión arriesgada
La Ley 10/2012 de Tasas Judiciales aprobada el año pasado obligaba a pagar como mínimo 200 euros (más un importe variable de la tasa del 0,5% del importe de la sanción) por recurrir una multa por la vía contencioso-administrativa. El conocido como “tasazo judicial” generó una enorme polémica, ya que en la mayoría de las sanciones (100 euros sin la retirada de puntos del carné) resultaba más caro recurrir que abonar la multa.
Las críticas obligaron al Gobierno a cambiar esta normativa, que se modificó en el Real Decreto-ley 3/2013. Ahora, la tasa por acudir a los tribunales para recurrir una multa nunca puede superar el 50% del importe de ésta (más el 0,1%). En cualquier caso, si la sentencia final resulta a tu favor te será devuelto el 60% de la tasa y habrás conseguido la anulación de la sanción.




Comentarios
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Miren; yo estoy totalmente de acuerdo en que hay que respetar las normas de convivencia. Y aquel que se las salte debiera ser sancionado. Hasta ahí, de acuerdo. Pero para evitar malos entendidos, podría el pago ser opcional con trabajos a la comunidad que es a quien le has causado el daño o bien efectivo. Hay infracciones que claman al cielo, pero les aseguro que oras son totalmente injustas o desproporcionadas y estas son las que me enervan, no las enumero, pues todos sabemos a que me refiero. Y sobe todo el importe de las mismas, visto lo visto y haciendo comparaciones odiosas.
Que quede claro , que para aprobar el examen de policia local, hacen falta ..conocimientos de constitucion, normativas viales y demas materias, aptitudes físicas, y tener la psiquis, de lujo...y digo yo: si ahora la policia , en vez de defender al ciudadano, lo acribilla a sanciones, x. q. los mandos , así se lo exije, para que tanta preparacion y tantas sandeces...seamos serios...son meros \"PONEMULTAS\" ademas de que nunca se la ponen a los que saben no se las van a cobrar....Es una verguenza, pero sigamos llenando los bolsillos de estos rateros POLÍTICOS, que no saben ya como seguir robando....Gracias
Para Manuel, ¿Que te multaron por estaioinar mal? ¿Y los guardias hicieron su trabajo? Pues TE JODES
Para mauel: Donde dejaste el vehículo, en Orihuela, es una zona par disminuidos físicos que tienen habilitada pues el centro esta al lado y tiene un cartel informativo indicandolo, yvlos vehiculos que estan estacionados tienen una tarjeta como que van con sus hijos para hacer rehabilitancion por que no pueden andar y lo de ETA DEJA MUCHO QUE DESEAR DE LA PERSONA QUE ERES.
el año pasado fui a Orihuela,con un dolor de muela bastante molesto y enfrente de renfe hay un aparcamiento para 5, 0 , 6 coches que hacia unos dias se sabe que estuvo tapada con una bolsa de plastico, esanoche hacia MUCHO viento, estaba el plastico colgando, y la señal destapada, quedaban sitio para dos coches , y cuando llegue solo estaba el sitio que ocupaba mi coche, ni coche se lollevo la grua, y los demas alli estaban y sin sancionar, me fuy al cuartelillo, dije que se cobrasen la grua y me dicen que no tenian cambio,, TUBE que cojer andando ir me a canbiar un billete de 50 euros, se cachondearon de mi todo lo que les SALIO DE LOS COJONES! y digo yo! por que no hay gente de la ETA para estos casos asi, yo soy de los que saben reconocer cuando hago algo mal, pero en este caso JURO y PERJURO que no habian motivos pa ra sancionar, y menos de retirarlo con la grua,