¿Sabías que la mayoría de las bicis no cumplen la ley?¿Sabías que la mayoría de las bicis no cumplen la ley?

¿Sabías que la mayoría de las bicicletas que circulan no cumplen con el reglamento de circulación? Pues es verdad. Con el reglamento en la mano hay muchas cosas por las que nos pueden multar a la mayoría sin saberlo, pero el desconocimiento de una norma no exime de su cumplimiento. Echa un vistazo a estos detalles y te sorprenderás.

Hace poco ha corrido como la pólvora por las redes sociales una fotografía de una multa a un ciclista por circular con una luz trasera roja intermitente, algo muy frecuente. No cabe duda respecto al exceso de celo del agente que sancionó a ese ciclista, pero con el reglamento en la mano, estaba en su derecho en el momento de la denuncia. En efecto, hay muchos accesorios que no cumplen con la norma vigente y la mayoría de las bicicletas no son legales para circular si nos ceñimos a la norma.

Por ejemplo, ¿sabías que, si tu bici no tiene timbre, te pueden multar con hasta 200 euros? Pues así es. Según el Reglamento General de Vehículos (RGV), en su artículo 22 especifica que: “los ciclos y bicicletas deberán disponer de un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél“. Fíjate bien porque incluso especifica que está prohibido cualquier otro tipo de aviso sonoro. Ni campanas, ni sirenas… tiene que ser un timbre.

En efecto, a diferencia del alumbrado, que sólo nos pueden multar si no lo tenemos cuando las condiciones de visibilidad están reducidas (en túneles, por la noche, en el ocaso, niebla, etc.), el timbre es un elemento imprescindible para que la bicicleta cumpla la normativa vigente. Si no tienes un timbre en la tuya, te pueden multar.

Cómo deben ser las luces de las bicicletas

El mismo artículo 22 del RGV establece cuál es el alumbrado que deben equipar las bicicletas cuando circulen en condiciones de baja visibilidad: en túneles, al alba y al ocaso, por la noche, con lluvia, niebla, etc. Según dicho artículo 22, en el apartado 4: “Las bicicletas, para circular de noche por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.

Y aquí es donde a muchos les asalta a duda de si son legales o no las luces traseras que se venden en muchos centros comerciales para las bicicletas. La ley obliga a llevar una luz de posición y un catadióptrico trasero. Si nos atenemos a esta descripción, según el mismo Reglamento General de Vehículos, la luz de posición trasera debe ser roja y fija, así que, en efecto, las luces rojas de destellos no cumplen con la norma vigente, aunque sean mucho más eficaces que las fijas a la hora de hacernos visibles como ciclistas y realmente mejoren nuestra seguridad.

Por suerte, a raíz de todo el revuelo creado con esta noticia, el Director General de Tráfico ha emitido una orden con carácter urgente para que, a partir del 7 de marzo de 2018 sí sea legal el uso de estos dispositivos de luz roja con destellos para los ciclistas. La ventaja principal de este tipo de luz, que sólo podrán utilizar los ciclistas, es que es más llamativa y, además, al ser diferente los identifica rápidamente como un vehículo más lento y desprotegido, de modo que el conductor del coche puede anticipar una mayor precaución.

Comentarios

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R

Sabias que casi todos los vehículos con remolque incumplen del reglamento? _ velocidad máxima: En autovía/autopista 90 km/h remolque ligero, 80 km/h remolque pesado. En carretera 80km/h. Cuántos lo cumplen, vemos lo que nos interesa.

R

Hola De Ricardo, con todos mis respetos, tu ejemplo sería acorde con lo expuesto en este reportaje si lo que denunciásemos en él es que los ciclistas circulan por las aceras, cruzan los pasos de cebra sin bajarse del vehículo, circulan en paralelo invadiendo la calzada aun existiendo un carril bici específico, etc. Siguiendo la temática de tu ejemplo, sería como si los fabricantes de remolques vendiesen los remolques sin el alumbrado homologado, sin el freno de inercia en la bola de remolque, etc. Un saludo y gracias por tu comentario.

L

Como todo en españa , ese reglamento esta bastante mal hecho , me explico , si conduzco mi coche con un faro delantero roto o sin el , me multaran porque debo de llevarlo en perfecto estado ( se me puede hacer de noche en el camino ) , por esa regla de tres , en loc ciclos deberia d ser igual ( por cierto circular de dia con las luces de posicion es ilegal ) . Hay conductores insensatos o agresivos tanto en coche , moto como en bici . Y por ultimo ya que la bici es un vehiculo y debe circular por la calzada si no hay un carril destinado para ello , deberia ser obligatorio un seguro , impuesto de circulacion y por supuesto un carnet , ITV ????? saludos XD

S

Tu eres tonto.

J

No deberian hacer enfasis en multar al ciclista que salta un semaforo con precaucion. No se puede comparar un coche o una moto en un semaforo con una bicicleta. Es mucho mas grave una bicicleta circulando por la acera porque ahi pone en peligro al peaton, sin embargo eso parece estar permitido en todas las ciudades de España. Una bicicleta si bien infringe las reglas al saltar un semaforo no es muy distinto que un peaton, y si nos ponemos a multar a los peatones salvamos las deudas del pais, las jubilaciones y seriamos el pais mas rico del mundo. Asi que por favor no comparen una bicicleta con un coche. Que circulen por la calle ya es bastante buena voluntad por parte del ciclista.

J

Totalmente de acuerdo con el articulo, aunque una puntualización. Según la norma la luz roja fija solo es obligatoria para ciclos entre la puesta de sol y la salida y en condiciones de baja visibilidad. Al no ser obligatoria ni siquiera llevar la luz de día con buenas condiciones meteorológicas es de entender que de día no se aplica la norma y por tanto no tiene sentido la sanción ya que no hay una norma especifica (que yo sepa) que de día los ciclos tengan obligación de luz fija (si de noche). Es como si te sancionaran de día por llevar catadiópticos en mal estado en la bici si ni siquiera es obligatorio llevarlo. Podrían sancionarte de noche o en condiciones que lo requiera. Es mi opinión.

J

IGUAL QUE SI ADELANTAS A DOS CAMIONES, EN UNA RECTA QUE TE PERMITA ADELANTAR SIN RIESGOS Y GUARDANDO LA DISTANCIA DE SEGURIDAD PARA NO RAYAR LA PINTURA DE LA FURGONETA

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