Coronavirus: ¿Se puede comprar un coche en el estado de alarma?Coronavirus: ¿Se puede comprar un coche en el estado de alarma?

Aunque los concesionarios y compraventas han cerrado sus departamentos de ventas (sólo mantienen abiertos algunos talleres), se pueden seguir haciendo todas las gestiones que sean necesarias para la compra y que se puedan hacer online de forma telemática.

La situación excepcional actual con la declaración del estado de alarma publicada en el BOE (Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo) para la contención de los contagios de coronavirus está generando mucha confusión en la ciudadanía, entre ellas, qué pasa si quiero o necesito comprar un coche.

Según el Real Decreto, la actividad de la compraventa de vehículos no está contemplada como una actividad comercial de primera necesidad, de modo que:

  • Los comerciales, agentes y gestores no pueden acudir a su puesto de trabajo y deben respetar el confinamiento.
  • Los concesionarios y compraventas no pueden abrir al público durante el estado de alarma.

Aunque no puedan acudir a su puesto de trabajo físico, muchas de sus labores se pueden efectuar telemáticamente, de modo que siguen al pie del cañón para atender a los clientes, especialmente a aquellos que han comprado su nuevo vehículo y esta situación de confinamiento ha bloqueado la operación.

Sobre si es posible realizar la compra de un vehículo durante el estado de alarma, hay que diferenciar entre dos posibles escenarios: el de los vehículos nuevos y el de los vehículos usados, así que vamos a ver cada uno de ellos con detalle.

¿Se puede comprar un coche nuevo en el estado de alarma?

Las gestiones para la compra de un vehículo nuevo se pueden seguir haciendo. Sólo la entrega física del vehículo no está permitida.Las gestiones para la compra de un vehículo nuevo se pueden seguir haciendo. Sólo la entrega física del vehículo no está permitida.

Ante la pregunta de si es posible comprar un coche nuevo durante el confinamiento, la respuesta es que sí se puede, pero con matices. El interesado puede contactar con el vendedor para realizar la consulta, confeccionar el vehículo, solicitar toda la información, etc. Pero todo se debe realizar telemáticamente, ya sea por internet o telefónicamente. No podrá realizar la prueba dinámica del vehículo ni personarse en las instalaciones de la marca, cuyo departamento de ventas permanecerá cerrado al público para evitar multas al incumplir el Real Decreto que regula el estado de alarma.

También se pueden realizar todas las gestiones administrativas pertinentes, siempre que se disponga de la manera de hacer llegar online los diferentes documentos necesarios (DNI, certificados, nóminas…) y el vehículo se puede matricular, puesto que la administración mantiene operativas sus oficinas virtuales, aunque algo saturadas.

Respecto a las financiaciones y pagos tampoco hay ningún problema ni limitación, ya que se pueden realizar telemáticamente de manera más o menos ágil.

El gran problema está en el pedido del vehículo en sí y, sobre todo, en la entrega del mismo y, de nuevo, aquí hay dos supuestos:

  • El vehículo está en stock: si el vehículo ya se ha fabricado y está en un almacén o físicamente en el concesionario, no hay ningún problema más allá de cómo conseguir un permiso para poder acudir a recogerlo. Podremos pagarlo, documentarlo y tenerlo listo, pero nuestro desplazamiento hasta el concesionario y el retorno a casa no está contemplado dentro de los supuestos permitidos por el decreto de estado de alarma.
  • El vehículo es un pedido a fábrica: si nuestro coche no existe y tiene que hacerse un pedido a fábrica el problema está en que, debido al cierre de muchas factorías, algunos sistemas para la realización de pedidos no permite a los comerciales cerrar la orden de pedido y, aunque sí se lo permitan, no pueden dar un plazo de entrega concreto, puesto que se desconoce la duración del estado de alarma, tanto de nuestro país como del país donde se fabrique el vehículo en cuestión.

En el caso de que queramos entregar nuestro vehículo como parte de pago, también se pueden realizar todas las gestiones necesarias, aunque la tasación quedará pendiente de formalizar hasta que se pueda llevar el vehículo a las instalaciones, salvo que se acepte la tasación a tanto alzado inicial, que no es recomendable.

¿Se puede comprar un usado durante el estado de alarma?

También es posible realizar todas las gestiones de compra de un coche usado, salvo la entrega física del mismo.También es posible realizar todas las gestiones de compra de un coche usado, salvo la entrega física del mismo.

En el caso de la compra de vehículos de ocasión las limitaciones son similares. Los vendedores no podrán atendernos físicamente, pero sí de manera telemática, por teléfono o vía internet y facilitarnos toda la información precisa.

También se pueden realizar todas las gestiones relacionadas con la compra, como la solicitud de un préstamo, la transferencia del titular, etc.

Las limitaciones en este caso son similares a las de la compra de un coche nuevo: la tasación del usado que entreguemos a cambio y la recogida física del vehículo, pero además se añade otra dificultad, la ITV.

En la actualidad es posible realizar la transferencia de un vehículo aunque la ITV no esté en vigor y, como medida excepcional, también se puede circular con un vehículo que la tenga caducada y no haya podido acudir a la ITV por las limitaciones de movilidad impuestas por el decreto de alarma.

Ahora bien, una cosa es que yo tenga la ITV caducada recientemente y no pueda renovarla porque la situación es la que es, y otra que el coche tenga la inspección vencida hace meses, antes de que se declarase el estado de alarma.

Muchas compraventas tienen los coches con la ITV caducada y la pasan justo en el momento de la venta. Si el coche que compramos está en este supuesto, podremos comprarlo y ponerlo a nuestro nombre, pero con la ITV caducada no será legal circular con él. La Guardia Civil podría multarnos por circular con el vehículo con la ITV caducada con anterioridad al decreto de estado de alarma.

Tampoco es un mal demasiado grave, ya que no podremos circular con nuestro coche en ningún caso, salvo que el viaje esté en alguno de los supuestos de las excepciones a la norma para evitar contagios del COVID-19.

Además, habría una manera de que la compraventa pudiera pasar la ITV del vehículo, contratando los servicios de un taller mecánico, que sí están contemplados dentro de las excepciones y sí pueden realizar su actividad normalmente, aunque con las limitaciones y precauciones propias de la situación de alarma actual.

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R

Buenos días, a primeros de setiembre dejamos la paga y señal de 2000€ por un vehículo Citroen que gestionamos por internet. La entrega es para este mes de Noviembre, ya lo han recibido en el concesionario. No es un vehículo a la carta, sino uno que ya tenían pedido a fábrica para tener unidades disponibles en stock. No nos han enviado ningún tipo de comprobante de pago ni contrato alguno todavía. Ya les enviamos toda la documentación para la financiera, pero no se ha firmado nada todavía, se está la espera de que hagamos el pago "gordo" para seguir con toda la tramitación de la venta. La cuestión es que por situaciones personales nos gustaría desistir de la compra y que nos devolviesen la paga y señal, ¿en este contexto, ¿sería posible la devolución sin "pegas"? Muchas gracias. Saludos

R

Hola Roberto, dicen que hablando se entiende la gente. En principio tendrían derecho a no devolver la señal dada, pero todo depende de lo que ponga el contrato que habéis firmado, en él se especifica bajo qué condiciones se entrega la señal de compra del vehículo y en qué causas está justificada o no su devolución.

R

Buen día Ruben, primero gracias por tu tiempo y respuestas. Lo que no entiendo es que, al hacer el trámite por internet, a día de hoy, todavía no nos han dado ningún contrato, comprobante de la compra, por lo que no hemos firmado nada y claro, tampoco hemos visto las condiciones, desde el principio que nos decían que trabajan así, no daban contrato hasta que no se concretaba la operación, previo pago de la entrada y matriculación... Muchas gracias. Saludos

R

En ese caso, si no habéis firmado ningún documento, deberían devolver el dinero sin problemas una vez cancelada la operación, pero eso deberá consultarlo en atención al cliente de la marca.

A

Hola Me he comprado un coche nuevo con calificación C (entregando el mío que tenía 16 años. Añado que mi coche viejo no lo han dado de baja, hemos hecho transferencia de titularidad) en pleno Estado de Alarma y justo una semana antes de que el gobierno activara el Plan Pive 2020 con motivo de la COVID-19. ¿Si me he comprado el coche antes de la entrada en Vigor del Plan Pive, puedo acogerme a las ayudas? ¿O he perdido el derecho a la ayuda por sólo 10 días? Gracias!

E

hola, compremos un vehículo antes del confinamiento , ya esta en el concesionario, ¿puedo ir a recogerlo? el problema es que esta en otra provincia

R

Hola, los desplazamientos entre provincias están prohibidos salvo causa justificada por ahora. Es probable que el lunes próximo, aquellas comunidades que se encuentren en fase 3 podrían permitir los desplazamientos entre sus provincias, pero no está confirmado todavía. En principio, los desplazamientos no estarán permitidos hasta el 21 de junio, si no hay cambios. Para poder realizar el desplazamiento necesitaría un certificado que justificase que dicho desplazamiento es por una causa justificada, y la recogida de un coche no está entre los supuestos especificados (motivos laborales, sanitarios, retorno al domicilio...). Un saludo.

A

Soy de Valencia. Compre un coche en Albacete antes del confinamiento, pero me cogió el confinamiento. Ahora en Fase 2, puedo ir a por el?. Ya que vuelvo al trabajo y me hace falta.

R

Buenos días, en la Fase 2 los desplazamientos entre provincias siguen estando prohibidos por ahora salvo por causa justificada. Necesitaría un certificado que justificase su desplazamiento.

F

Lo mejor es olvidarse ahora de comprar un coche. Para problemas, ya tenemos bastantes. Puestos a reventar España, pués adelante. Todos a una.